Confesiones
Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación
Los cristianos podemos perder la gracia bautismal por el pecado grave, y cuando eso ocurre, rompemos la amistad y la comunión con Dios. Sin embargo, nuestro Padre del cielo perdona cualquier ofensa, cuando el hijo vuelve de nuevo a Él, cuando se arrepiente y pide perdón. Así nos los recuerda la parábola del hijo pródigo (Cf., Lc 15,11,24).
Sólo Dios puede perdonar los pecados. Jesús “tiene poder para perdonar los pecados sobre la tierra” (Mc 2, 10), porque es el Hijo de Dios. Esta potestad es confiada a los sacerdotes en el sacramento de la Penitencia, y para ello es necesaria la confesión de los pecados. Por eso el único modo ordinario de recibir este sacramento es mediante la confesión personal e individual, seguida de la absolución también individual.
El sacramento de la Penitencia restituye la gracia y la amistad de Dios y, en consecuencia, la comunión con la Iglesia; es decir, la comunión con los demás miembros del Cuerpo Místico de Cristo vivificados por la Gracia Divina. Todo ello nos devuelve la Paz y la serenidad de la conciencia y nos proporciona un gran consuelo espiritual, y en ocasiones la salud corporal.
Es el sacramento instituido por Jesucristo para perdonar los pecados cometidos después del bautismo.
Tenemos obligación de confesarnos al menos una vez al año, cuando estamos en peligro de muerte y si queremos comulgar, teniendo conciencia de pecado mortal.
La contrición es el arrepentimiento de los pecados cometidos, junto con el propósito de la enmienda.
El propósito de la enmienda es la firme resolución con la ayuda de la gracia divina de no volver a pecar.

